miércoles, 19 de octubre de 2016

manejo del RPBI

ALMACENIMIENTO Y ETIQUETADO DE SUSTANCIAS QUIMICAS

Normas básicas para el almacenamiento de productos químicos

 
  1. Guardar en los lugares de trabajo las cantidades de productos químicos que sean estrictamente necesarias. De este modo es más fácil aislar y disminuir los peligros que se derivan de su manipulación y dotar a las instalaciones locales de los medios de seguridad adecuados.
  2. No guardar los productos químicos y líquidos peligrosos en recipientes abiertos. Los envases adecuados han de cerrarse después de utilizarse o al quedar vacíos, así que es preferible que tengan algún cierre de seguridad tipo automático.
  3. Almacenar los productos químicos y sustancias peligrosas separadas y clasificadas por el riesgo que generan (incendio, corrosivo, tóxico…) y siendo muy cuidadosos con las incompatibilidades ante posibles reacciones, como las sustancias combustibles lejos de las oxidantes o las tóxicas.
  4. Poner los recipientes de poca capacidad de sustancias corrosivas, como ácidos y álcalis, separados entre sí con bandejas y cubetos de retención que puedan detener derrames ocasionados por fugas o roturas de envase.
  5. Hay que elegir recipientes adecuados que minimicen el efecto corrosivo de las sustancias que contienen.
  6. Debido a su fragilidad, utilizar el vidrio sólo para pequeñas cantidades.
    Utilizar todo tipo de protecciones y también asas para facilitar el manejo de los envases.
  7. Conservar los recipientes de plástico en lugares protegidos del sol o las bajas temperaturas para evitar que se deformen.
    Además, en caso de sustancias químicas peligrosas, el recipiente de plástico debe estar homologado.
  8. Buena ventilación en los locales y almacenes, sobre todo en los sitios de productos tóxicos o inflamables (que pueden generar atmósferas explosivas), así como sistemas de drenaje que ayuden a controlar derrames de químicos.
  9. Dividir y clasificar las superficies de los locales en secciones diferenciadas, identificando las sustancias y sus cantidades. Así en el caso de un derrame o incendio se podrá actuar con precisión evitando desastres mayores. El acceso a las puertas debe estar despejado y señalizado.
  10. Evitar trabajos que puedan producir calor o chispas (esmerilar, soldar…) cerca de las zonas de almacenamiento para reducir la posibilidad de crear atmósferas explosivas.
  11. Los almacenes en donde se almacenen sustancias químicas inflamables deben cumplir con los requisitos básicos: evitar focos de calor, cerramiento resistente al fuego (REI 120), contar con instalación eléctrica antiexplosiva (ATEX) y disponer de las medidas básicas contra incendios.
  12. Trabajar con procedimientos seguros en el almacenamiento y manipulación de productos químicos y que los trabajadores estén plenamente informados de los riesgos a los que se exponen.
ETIQUETADO DE SUSTANCIAS QUIMICAS
La etiqueta deberá venir al menos en la lengua oficial, de forma clara, legible e indeleble. Contendrá la siguiente información:
  1. Símbolos e identificaciones de peligro normalizadas
  2. Descripción del riesgo mediante frases que indiquen los riesgos específicos (Frases R).
  3. Medidas preventivas y consejos de prudencia (Frases S).
  4. Identificación del producto:
    • Si es una sustancia, nombre químico de la sustancia. Deberá figurar bajo una denominación autorizada en la normativa.
    • Si es un preparado, denominación o nombre comercial del preparado y nombre químico de las sustancias presentes.
  5. Composición: para los preparados, relación de sustancias peligrosas presentes con su concentración.
  6. Responsable de la comercialización: nombre, dirección y teléfono.
  7. Número de autorización (En el caso de tratarse de una sustancia sometida a régimen de autorización, incluida en el anexo X IV del Reglamento REACH)
Número CE (sólo para sustancias). Formado por 7 dígitos escritos con el formato XXX-XXX-X, que corresponde al número de registro de la sustancia incluida en una de las dos listas siguientes: EINECS (Inventario europeo de sustancias comerciales existentes). ELINCS (Lista europea de sustancias notificadas).
Si algún envase no está correctamente etiquetado, deberemos solicitar etiquetas completas, que se puedan adherir, al empresario, para que éste a su vez las solicite al proveedor.
Reglamento 1272/2008Reglamento REACH, art. 65

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